Jesús Martín-Delgado, experto en Consumo.

Jesús Martín-Delgado, experto en Consumo. 5q6i61

Economía

Jesús Martín-Delgado, experto en Consumo: "Debes conocer estos gastos antes de entregar la señal para una vivienda" 463a3r

"Los gastos asociados a la compraventa suponen una media de un 30 % sobre el precio de venta", asegura. 5o544h

Más información: "Si reservas una vivienda, el contrato de arras es la única garantía" 26d3s

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Comprar una vivienda es una de las decisiones más importantes en la vida de muchas personas. Sin embargo, antes de dar el paso, es conveniente tener en cuenta el conjunto de gastos que implica esta operación más allá del precio de venta. Jesús Martín-Delgado, experto en Economía y Derecho de Consumo, lo resume con claridad: para adquirir una casa debemos tener ahorrado al menos el 30 % de su precio.

Tal y como explica el especialista, "los gastos asociados a la compraventa suponen una media de un 30 % sobre el precio de venta (que debemos tener previamente ahorrados" y van mucho más allá del pago inicial que suele solicitar una entidad bancaria.

"El aumento en la demanda de vivienda y la escasa construcción de obra nueva están ejerciendo una presión al alza en los precios que hace conveniente echar cuentas y conocer de antemano con qué gastos debemos contar antes de entregar cualquier señal", advierte.

Vivienda nueva o usada 3i20r

Entre los principales conceptos a tener en cuenta, destaca el IVA, en caso de que la vivienda sea nueva. Según recuerda Martín-Delgado, "el tipo impositivo a liquidar es de un 10 % con carácter general y de un 4 % cuando se trate de viviendas con protección oficial en régimen especial o de promoción pública".

En viviendas de segunda mano, se aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados, que "varía según la comunidad autónoma entre un 6 % y un 11 %", y que "debe liquidarlo el comprador tras la compra a través de los modelos oficiales de cada comunidad autónoma". Según las circunstancias personales del comprador, "se puede beneficiar de una reducción de dicho impuesto".

Otro de los gastos habituales es la escritura de compraventa, cuyos costes, aunque legalmente asignados al vendedor, "por costumbre los asume el comprador". En una operación de 160.000 euros, "los gastos de notaría se sitúan de media en torno a los 800 euros".

La inscripción en el Registro de la Propiedad también corresponde al comprador, y aunque no es obligatoria, "es totalmente recomendable, porque puede darse el caso de que si no inscribimos la compra, el anterior propietario, que aún consta como tal en el Registro, podría vender nuevamente a un tercero la vivienda".

También es necesario realizar una tasación del inmueble, que "corresponde al comprador y debe realizarse mediante una sociedad de tasación o servicio de tasación de una entidad de crédito regulados por la legislación vigente". Además, hay que prever otros gastos como los de gestoría, encargada de gestionar la liquidación del ITP y la inscripción registral.

En caso de alquilar 3r3i8

En el caso del alquiler, Jesús Martín-Delgado detalla que el primer gasto es la fianza, "equivalente a la renta de un mes si el alquiler es para vivienda habitual", y de dos meses si es para uso distinto, tal como alquiler de temporada por motivos de trabajo, estudios…

El propietario "podrá exigir la actualización de la fianza" si se acuerda prorrogar el contrato una vez pasados cinco años (si es persona física) o siete años (si es persona jurídica).

Las partes pueden pactar, además, "una garantía adicional que no podrá exceder de dos mensualidades de renta", y es importante recordar que "los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador", tal y como establece la Ley de Arrendamientos Urbanos.

En definitiva, Jesús Martín-Delgado insiste en la necesidad de "conocer de antemano con qué gastos debemos contar antes de entregar cualquier señal", ya sea para la compra o el alquiler de una vivienda.