Pedro Sánchez, junto al logo de la Agencia Tributaria.

Pedro Sánchez, junto al logo de la Agencia Tributaria. Europa Press 3d2j67

Sociedad

Hacienda lo confirma: los herederos de pensionistas fallecidos podrán reclamar impuestos pagados de más 2t17

Tras años de incertidumbre, los herederos de mutualistas fallecidos entre 2019 y 2024 ya pueden reclamar las devoluciones del IRPF retenido en exceso. 6d3e1l

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Durante años, miles de pensionistas que cotizaron a mutualidades antes de 1978 han luchado por recuperar el dinero que Hacienda les cobró de más en el IRPF. Muchos lo consiguieron, pero quedaba una gran incógnita: ¿qué pasa con quienes ya han fallecido?

Ahora, por fin, hay una respuesta clara. La Agencia Tributaria permitirá que los herederos de estos jubilados (fallecidos entre 2019 y 2024) también puedan reclamar esas devoluciones pendientes.

La noticia llega tras un largo camino lleno de cambios normativos y trámites confusos. Es la tercera vez que se modifica el proceso, y la esperanza es que esta vez sí sea la definitiva.

Un nuevo formulario 6qd6i

Con la llegada de 2025, se ha anulado el formulario anterior y se ha puesto en marcha uno nuevo, disponible en Renta Web

Como recoge la propia web de la Agencia Tributaria: "queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024".

Esto significa que, aunque ya hubieras presentado la solicitud el año pasado, deberás volver a hacerlo con el nuevo modelo si no obtuviste respuesta antes de esa fecha. De lo contrario, tu petición ha quedado sin efecto.

La ventaja es que ahora se puede pedir la devolución de varios años en una sola solicitud, siempre que no estén prescritos. Solo es necesario rellenar el formulario, incluir una cuenta bancaria y un número de o, y enviarlo electrónicamente.

¿Y si el mutualista ha fallecido? x3s3y

Una de las novedades más importantes es que los herederos también pueden presentar la solicitud. Si el pensionista falleció entre 2019 y 2024, su familia podrá reclamar el IRPF pagado de más en su nombre.

Eso sí, hay algunas condiciones. No se puede usar la Cl@ve ni el certificado digital del fallecido, ya que "quedan inhabilitados con el fallecimiento", explica la Agencia Tributaria. En su lugar, se debe hacer el trámite usando el número de referencia del fallecido.

  • Si el fallecimiento fue en 2023 o 2024, ese número se puede obtener online.

  • Si el fallecimiento fue antes de 2023, será necesario acudir a una oficina de Hacienda con cita previa y la documentación que acredite que eres heredero.

Más allá de estas opciones, si ya estás inscrito en el Registro de Sucesores, puedes realizar todo el trámite en línea a través de la plataforma oficial, sin necesidad de acudir presencialmente.

En ese caso, solo tienes que acceder como representante legal, verificar tus datos y seguir los pasos que te indicará el sistema.

Un calendario que no ha gustado 2o482

Aunque en un principio se dijo que se podrían solicitar todos los ejercicios de una sola vez, el BOE ha establecido un calendario progresivo

Según esta norma, la devolución se hará por años fiscales, uno por cada ejercicio, de la siguiente forma:

  • 2025: devolución del IRPF del año 2019 y anteriores no prescritos.

  • 2026: ejercicio 2020.

  • 2027: ejercicio 2021.

  • 2028: ejercicio 2022.

Dentro de todo este proceso, al menos hay un aspecto positivo: la devolución incluirá intereses de demora, lo que supone un pequeño alivio para los afectados.

A raíz de las reclamaciones de organizaciones como la OCU, Hacienda ha confirmado que en 2025 se aplicará un interés del 4,0625%, como compensación por el retraso en los pagos.

Cómo presentar la solicitud 6z2e4v

Tanto mutualistas como herederos deben presentar la solicitud a través de Renta Web, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria

El proceso es sencillo:

  • Accede con el número de referencia del mutualista o del heredero autorizado.

  • Rellena los datos: cuenta bancaria, teléfono y año fiscal que corresponda.

  • Firma y envía el formulario desde la misma plataforma.

  • Guarda el justificante que se genera al finalizar.

Este nuevo procedimiento supone una mejora en algunos aspectos, pero también introduce un calendario que no convence a todos. La clave ahora es no dejar pasar los plazos y presentar bien la documentación, ya sea como pensionista o como heredero.

Con esta nueva herramienta, las familias de los pensionistas fallecidos podrán por fin recuperar lo que les pertenece. Una reparación necesaria, aunque llegue con retraso.