Una voluntaria de Cruz Roja atiende a una niña llegada a La Restinga, en El Hierro, el 21 de octubre.

Una voluntaria de Cruz Roja atiende a una niña llegada a La Restinga, en El Hierro, el 21 de octubre. Efe 1l3n3h

Tribunales

El Supremo obliga al Gobierno a explicar en una vista por qué no atiende a mil menores migrantes que han pedido asilo 574mu

La Sala de lo Contencioso-istrativo saca los colores a la istración del Estado al haber superado con creces el plazo que le dio para acoger en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional a 1.221 niños hacinados en Canarias. 1d1l1f

Más información: El Supremo da diez días al Gobierno para hacerse cargo de 1.200 menores migrantes en Canarias que han pedido asilo 5w276v

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El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, deberá explicar el próximo 29 de mayo en una vista pública que se celebrará en el Tribunal Supremo por qué no se ha hecho cargo de 1.221 migrantes menores de edad solicitantes de asilo que se encuentran en Canarias, tal como le requirió el alto tribunal el pasado 25 de marzo.

Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-istrativo del Supremo, que ha convocado para ese día una vista en la que "la istración del Estado deberá informar sobre el cumplimiento de la medida cautelar" que se le impuso hace siete semanas. La medida cautelar consistía en que el Gobierno "garantice el y permanencia en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional" de esos menores, actualmente a cargo de los servicios de protección de menores de la comunidad autónoma de Canarias.

El 25 de marzo, la Sala dio un plazo "improrrogable" de 10 días al Gobierno para que se hiciera cargo de esos migrantes menores de edad llegados a Canarias entre enero de 2023 y noviembre de 2024 y que han manifestado su voluntad de pedir asilo en España.

Fue una medida cautelar adoptada en el marco de un recurso interpuesto por el Gobierno de Canarias contra la istración central, que tiene la competencia exclusiva en materia de asilo.

La demanda del Ejecutivo canario denunciaba que esos menores no acompañados permanecen en el sistema de protección gestionado por la comunidad autónoma "ante la falta de acción de la istración del Estado".

También indicaba que en la provincia de Las Palmas de Gran Canaria no se cita a los menores directamente para comparecer y presentar su solicitud de protección internacional, sino que se impone un trámite adicional no previsto legalmente consistente en manifestar su voluntad de solicitar la protección internacional.

De este modo, puede transcurrir todo un año desde que el menor comparece ante la Policía y manifiesta su voluntad de solicitar protección internacional (acto al que la ley anuda los efectos de acogida) y la fecha en la que se le cita para presentar la solicitud.

En la resolución que dictó el pasado 25 de marzo, con ponencia de la magistrada Ángeles Huet, el Supremo afirmaba que era "urgente" que se garantice el de esos menores no acompañados solicitantes de asilo al sistema estatal de acogida "del que no pueden permanecer al margen". Por ello, resolvió que "dicho debe acordarse como medida cautelar".

Esos menores "se encuentran a cargo exclusivamente del sistema de protección de menores de la Comunidad Autónoma recurrente, sin que conste a la Sala que se haya puesto a disposición de los mismos los recursos, programas y mecanismos propios de este sistema de acogida para los solicitantes de asilo a cargo de la istración del Estado", explicaba el tribunal.

Añadía que los menores tienen "pleno derecho" a ese sistema de acogida, "cuya implantación efectiva se revela, además, imprescindible para corregir la actual situación de hacinamiento en que estos menores -según resulta notorio- se encuentran, abiertamente incompatible con el superior interés del menor que resulta obligado proteger".

Pese a que el plazo dado por la Sala ha transcurrido con creces, "la respuesta recibida de la istración demandada parece poner de relieve que no se ha dado cumplimiento en sus propios términos a lo acordado", indican los magistrados en una resolución conocida este martes.

Por ello, ha convocado al letrado de la istración canaria y al abogado del Estado a una vista en la que este último "deberá informar" sobre, entre otros aspectos, cuál es la relación detallada de los menores que han sido ya evaluados individualmente en el ámbito del Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional y los que estén pendientes de evaluación.

Además, en el caso de los menores ya evaluados, esa información deberá incluir la indicación del recurso de acogida asignado a cada uno de ellos.

La Abogacía del Estado también tendrá que explicar en esa vista si el sistema de asilo tiene los recursos suficientes para el ejercicio de la competencia estatal y, en caso negativo, deberá especificar las "iniciativas concretas" que se han adoptado para obtenerlos por cualquiera de las fórmulas
reglamentariamente previstas. A este respecto, habrá de indicar "el plazo para la obtención de tales recursos".

En la misma vista, el abogado del Estado informará al Supremo de la unidades istrativas responsables de la realización de las actuaciones de acogida a los peticionarios de asilo menores migrantes y de los concretos acuerdos o protocolos concertados con la Comunidad Autónoma de Canarias, así como del calendario detallado establecido para su ejecución.