
Puerto de Valencia. Europa Press 723b53
Un juzgado paraliza el cierre de los tres restaurantes de la Marina de Valencia que tenían orden de desalojo antes de junio 4o5j3f
Los dueños pedirán la nulidad de las actas de inspección y el Ayuntamiento presentará demanda de desahucio en el orden civil. a2g5
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El Juzgado de lo Contencioso-istrativo número 6 de Valencia ha acordado suspender la orden de cese de actividad de los tres restaurantes de La Marina. Por ahora queda nulo el desalojo ordenado por el Ayuntamiento en la segunda prórroga concedida.
Así consta en un auto de fecha 23 de mayo en el que el juzgado, sin entrar en el fondo del asunto y limitando el enjuiciamiento a la orden de cierre, estima la medida cautelar de los recurrentes de suspensión de la ejecución del acto istrativo impugnado, por el que se ordenaba el cese de la actividad al finalizar el contrato y, en todo caso, antes del 31 de mayo.
Contra esta decisión se puede presentar recurso de apelación ante el TSJCV, en un plazo de 15 días. Los demandantes alegaban que se pretendía la ejecución de un acuerdo municipal que consideraban "nulo" y que conllevaba un perjuicio por la orden de cierre de los restaurantes.
Los negocios afectados son Destino Puerto, Dos lunas y El Camarote, ubicados en la explanada del icónico edificio Veles e Vents.
El juzgado acepta la petición al considerar que los recurrentes presentan argumentos jurídicos y que la ejecución inmediata de la orden de cierre supone un perjuicio real para los dueños de estos locales.
Además, advierte que el supuesto interés general tutelado por la istración no puede ser considerado superior, ya que hacerlo implicaría legitimar cualquier acción unilateral por parte del Ayuntamiento, sin distinguir si se trata de una recuperación legítima de un bien ocupado indebidamente, de una pérdida de título habilitante por parte del particular, o de si el bien pertenece al dominio público o al patrimonio municipal.
El juzgado, en una resolución a la que ha tenido Europa Press, señala que adopta esta decisión -ante lo que constituye una "especie de desahucio istrativo que no procede en el caso de bienes de naturaleza patrimonial"-.
Asimismo, subraya que esta medida cautelar se adopta sin prejuzgar lo que finalmente decida el órgano competente en el ámbito civil, y aclara que su concesión no supone avalar la actuación del arrendatario.
En este sentido, señala que el hecho de que el inquilino se niegue públicamente a desalojar el local una vez expirado el contrato, permaneciendo sin título legal, no quedará sin consecuencias jurídicas ni podrá entenderse como una actuación que "le salga gratis".
La resolución agrega que además de "seguir obligado al pago de la renta y a afrontar las penalidades por incumplimiento impuestas, y responder de las mismas con la fianza contractual, deberá seguir cumpliendo con el resto de requisitos para el ejercicio de su actividad, cuyo control más o menos estricto por el Ayuntamiento no es objeto de enjuiciamiento en esta litis".
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Los propietarios de los locales afectados han anunciado en un comunicado que exigirán la nulidad de las actas de inspección.
Según ha apuntado el portavoz del despacho Chapapria- Navarro& Asociados, Juan Chapapria, con esta decisión "queda nulo el desalojo contemplado en la concesión de la prórroga y carecen de sentido las manifestaciones de los responsables del equipo de gobierno de que el 31 de mayo deberán cerrar los tres restaurantes".
Por tanto, señalan que las instalaciones "seguirán abiertas y atendiendo a sus clientes, así como los compromisos adquiridos con anterioridad y aquellos que se puedan alcanzar para celebrar sus fines contemplados en la licencia".
Los locales se reservan el derecho de "exigir indemnizaciones en el caso de los supuestos de suspensiones originadas por incluir y difundir la orden del cese de actividad", según el portavoz.
Chapapria asegura que será un juzgado de lo Civil el que, conforme a la normativa, "acuerde las consecuencias del incumplimiento de la entrega del local, en caso de que se considere por el juez de lo Civil que no procede la prórroga del arrendamiento".
"Lo cierto es que la prerrogativa de recuperar de oficio por el Ayuntamiento alguno de los tres locales no se contempla porque son bienes patrimoniales", ha recalcado.
Además, señala que las denuncias de la Policía Local "carecen de fundamento istrativo ante la suspensión del cierre".
Desde el despacho de abogados anuncian que se recurrirán los acuerdos acordados en la Junta de Gobierno Local en los que se ordena ese cierre y se decide la recuperación de los locales "adjudicándolos a una organización sin ánimo de lucro y a la Autoridad Portuaria de Valencia para el inicio de la licitación".
Otra cuestión es "valorar la presentación de demanda en vía civil frente a la denegación a la petición de la tercera prórroga por el Ayuntamiento", añaden.
Por su parte, desde el consistorio recalcan que el auto no entra en el fondo del incumplimiento del contrato y subrayan que la siguiente acción del Ayuntamiento, como ya autorizó la Junta de Gobierno Local, será el día 1 de junio.
Este día se presentará la demanda de desahucio ante los tribunales civiles "porque los contratos de arrendamientos han expirado".