
Pablo Ródenas, experto en derecho sucesorio. 32zo
Pablo Ródenas, abogado: "Si tus padres te ponen como propietario y luego fallecen, el impuesto de sucesiones es cero" 3y236h
Evitar el impuesto de sucesiones no solo es posible, sino más sencillo de lo que parece si se actúa con previsión y se conoce la estrategia adecuada. 45u5t
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Cuando se habla de herencias, lo primero que suele aparecer es una mezcla de emociones: la pérdida de un ser querido, la preocupación por los trámites legales y el peso económico de los impuestos.
El impuesto de sucesiones, que varía según la comunidad autónoma, puede suponer un coste importante para los herederos. Pero lo que muchas familias desconocen es que existe una vía completamente legal para evitarlo.
Pablo Ródenas, abogado experto en derecho sucesorio, lo explica de forma clara y directa: "A nadie le gusta soltar un dineral en impuestos, pero aquí va el bombazo que nadie te cuenta. La clave no es esperar a morir para pagarle tus bienes a tus hijos".
Una solución práctica 2y4n3d
Este planteamiento es una estrategia jurídica que permite anticipar la transmisión de bienes de padres a hijos, evitando los altos costes asociados a las herencias tradicionales.
¿Cómo funciona? A través de la separación de dos elementos de una propiedad: la nuda propiedad y el usufructo vitalicio.
La idea es que los padres, en vida, transfieren la nuda propiedad de una vivienda a sus hijos, mientras se reservan el usufructo vitalicio, es decir, el derecho de seguir viviendo en ese inmueble y usándolo como hasta ahora.
Desde el punto de vista legal, el hijo ya es propietario del inmueble, pero los padres lo siguen utilizando sin ninguna alteración en su vida cotidiana.
"Es así de simple, tus padres te ponen como propietario de la casa en vida, ellos se quedan con el usufructo vitalicio y siguen viviendo ahí como siempre sin que nada cambie. Y cuando fallecen, la casa ya es tuya, automáticamente. El impuesto de sucesión es cero, nada, goodbye", explica Ródenas.
Este modelo evita que, al fallecer los padres, la vivienda tenga que pasar por el proceso sucesorio, lo cual elimina el impuesto de sucesiones sobre ese bien. Legalmente, ya no se está heredando nada: el hijo era el propietario desde antes, y simplemente se consolida la plena propiedad al extinguirse el usufructo con la muerte.
Este proceso se formaliza mediante escritura pública ante notario y se inscribe en el Registro de la Propiedad. Es un trámite rápido, seguro y legalmente válido.
Sin embargo, como señala Ródenas, lo que más cuesta no es el trámite legal, sino cambiar la mentalidad tradicional: "Solo necesitas un notario y salir de esa mentalidad de ya lo arreglarán mis hijos cuando yo no esté".
Esa frase resume el mayor obstáculo: la falta de previsión. Muchas personas evitan pensar en su herencia, ya sea por miedo, por incomodidad o por creer que no tienen suficiente patrimonio como para preocuparse. Pero la realidad es que cuanto antes se planifique, mayor será el ahorro y más sencilla será la transición para los herederos.
El caso de la vivienda familiar es uno de los más comunes, pero esta estrategia puede aplicarse también a otros bienes, como plazas de garaje, fincas o incluso participaciones en empresas familiares. Eso sí, cada situación es única, y conviene consultar a un profesional para hacerlo correctamente.