
Un avión de la compañía Ryanair. Ryanair 576t6r
La Audiencia Nacional anula el I Convenio de T de Ryanair y su mesa negociadora 5293f
USO presentó demanda para impugnar una mesa de negociación del convenio puesto que se negociaba un convenio franja sólo con CCOO. 284930
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Golpe judicial a Ryanair. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia que anula la constitución de la mesa negociadora del I Convenio Colectivo de tripulantes de cabina de pasajeros (T) de Ryanair así como todos los acuerdos adoptados por ésta.
La sentencia supone, en la práctica, que se anule el contenido del I Convenio Colectivo de T de Ryanair, que se empezó a aplicar pero sin registrarse en la Dirección General de Trabajo, y se comenzará a cumplir con la legalidad al negociar un convenio franja, es decir, que incluya a un colectivo de la empresa.
USO-Sector Aéreo presentó demanda de conflicto colectivo para impugnar una mesa de negociación del convenio para los tripulantes de cabina puesto que se negociaba un convenio franja sólo con CCOO y no un convenio de empresa, ya que el único colectivo en Ryanair sin convenio eran los T.
En este caso, alega el sindicato, al negociarse un convenio franja, la composición de la mesa negociadora a través de las secciones sindicales requiere la designación a través de asambleas de trabajadores, que no se celebraron en este caso.
Tras conocer la sentencia, USO-Sector Aéreo se muestra satisfecho por la decisión judicial y declara que “seguiremos trabajando para, como dice la sentencia, hacer las asambleas de T en las que las personas trabajadoras puedan votar y, ahora sí, se refleja la voluntad del colectivo para negociar un convenio al menos legal, tanto en la forma, como en el contenido”.
Contra la sentencia cabe recurso de Casación ante el Tribunal Supremo, que podrá prepararse ante esta Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación.