Edificio incendiado de Campanar, en una imagen de archivo. EP

Edificio incendiado de Campanar, en una imagen de archivo. EP y4z2j

Valencia

El juzgado archiva la causa del incendio de Campanar en el que fallecieron diez personas al no ver delito 5u3i71

El suceso, ocurrido en febrero de 2024, también dejó a cientos de familias sin sus viviendas. 3iro

Más información: El edificio de Campanar, un año después del brutal incendio: el objetivo de los vecinos es volver en abril de 2026 4w2o41

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El Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia ha archivado este viernes la causa del incendio de dos bloques de viviendas en el barrio valenciano de Campanar al entender que los hechos no presentan caracteres de delito.

Así se desprende de un auto en el que el juez acuerda el sobreseimiento provisional del procedimiento al no presentar los hechos caracteres de delito.

Con ello, estima que no da lugar a acordar la prórroga de la instrucción en esta causa ni a las diligencias interesadas por diferentes partes personadas en el procedimiento.

"Los desgraciados hechos de que trae causa el presente procedimiento, que tanta alarma han causado en el seno de la sociedad valenciana, han sido clasificados como accidental, exento pues de un actuar humano y debido a un accidente a quien poder imputar un delito", recoge el auto, hecho público este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Es la segunda vez que Instrucción 9 trata de poner fin a esta causa judicial, después que ya dictase el sobreseimiento provisional a principios de marzo de 2024, apenas dos semanas después del suceso, con el apoyo de la Fiscalía Provincial.

El instructor adoptó entonces esa decisión tras descartar el origen criminal o delictivo de este suceso, si bien la Sección cuarta de la Audiencia provincial ordenó la reapertura del proceso en junio y desde entonces se ha tomado declaración a numerosos testigos.

Muchos de ellos eran bomberos, y se han denegado peticiones para investigar a la firma que fabricó los es del revestimiento de la fachada.

El magistrado ha concluido, tras la práctica de numerosas diligencias de investigación, que el fuego fue accidental y no se ha hallado a “ningún autor conocido o desconocido que de forma dolosa o imprudente pueda reputarse autor de un hecho delictivo que se corresponda con los hechos sucedidos”.

“Alguien al que, por tanto, se le pudieren imputar indicios de comisión de algunos de los delitos o sus formas del Código Penal”, añade el instructor en el auto, que puede ser recurrido en reforma en el plazo de tres días.

La resolución recoge que durante todo el procedimiento no se han “vislumbrado siquiera de forma indiciaria ni existencia de delito ni de presunto autor del mismo. Los dos elementos que deben concurrir para realizar una imputación formal a una persona”.

El magistrado relata en su auto, de 23 páginas, todas las diligencias de investigación realizadas hasta la fecha, divididas en tres pilares básicos: prevención, extinción y la concreta investigación.

Entre esas diligencias figura una treintena de declaraciones testificales y el análisis de numerosos documentos incorporados a la causa, como el informe elaborado por especialistas de la Comisaría General de Policía Científica de la Policía Nacional.

Ese informe concluye que el incendio se generó de forma accidental en un único y principal foco, localizado en el frigorífico situado en la cocina de la vivienda número 86 de la octava planta del edificio, en el número 2 de la calle Poeta Rafael Alberti.

El juez se refiere también de forma especial a otro documento, el relativo a la clase de material utilizado en el revestimiento de la fachada, clasificado como M1 (combustible/no inflamable).

Ese material era “conforme con la legalidad vigente” y “no aparece indicio de negligencia” en la actuación de técnicos privados y municipales, ni en sus suministradores o fabricantes.

En cuanto a los trabajos de extinción desarrollados por los bomberos de Valencia, el magistrado señala que se ajustaron “a los protocolos correspondientes”, así como a “las realidades que iban aconteciendo con sus posibilidades”.

El auto desgrana igualmente las resoluciones dictadas por la Audiencia Provincial que confirmaron en apelación las emitidas por el propio juez de Instrucción.

“En definitiva, la instrucción general de la causa no deja espacio para poder construir jurídicamente indicios mínimos para pensar y concluir, de todo lo actuado hasta el momento, algún elemento culpabilístico en los participantes y las consecuencias de la construcción del edificio de Campanar y sus terribles consecuencias, más allá de una causa accidental”, concluye el instructor. 

Los afectados z7143

La Asociación de Propietarios y Afectados por el Incendio de Campanar (Aproicam) ha señalado que estudia "cuidadosamente" la posibilidad de recurrir el auto.

En un comunicado, han manifestado su "respeto" a las decisiones judiciales, aunque, han subrayado que esta resolución "no supone el cierre de su compromiso con la verdad y la justicia".

"Creemos que, por respeto a las víctimas mortales que dejó este terrible suceso, y por todos los afectados, tenemos derecho a que se investigue hasta el final lo que ocurrió aquel día", ha aseverado.

Desde la asociación han indicado que, junto con la comunidad de propietarios, seguirán trabajando con "firmeza y responsabilidad" para "esclarecer los hechos, depurar posibles responsabilidades y contribuir a que tragedias como esta no se repitan".

El incendio 3w4z26

Aunque en un primer momento se pensaba que podría haber sido un toldo, este fuego fue provocado, según concluyó el informe de la Policía Científica, por una fuga en el condensador frigorífico de una nevera, la del apartamento 86.

Tras originarse el fuego, las llamas se propagaron rápidamente por la fachada de la torre más alta del complejo, llegando a conectarse con el edificio colindante.

Como consecuencia, diez personas fallecieron y 15 resultaron heridas, incluyendo varios bomberos, y cerca de 450 personas perdieron su hogar.

Actualmente, el edificio está en proceso de ser rehabilitado. El Ayuntamiento de Valencia ya ha otorgado la licencia de obras y está previsto que los vecinos del Edificio Campanar, hasta ahora denominado Edificio General Avilés, puedan regresar a sus casas a finales de 2026.

Se prevé que estos trabajos se extiendan "en torno a 17 o 18 meses", y que "a finales de 2026 o principios de 2027" el edificio pueda volver a habitarse.