
El presidente de la CHJ, Miguel Polo. CHJ 2s713l
La jueza de la dana cita como testigo a Miguel Polo, presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar 2o4v4a
La magistrada acuerda también las comparecencias del subdirector de Emergencias de la Generalitat y de tres alcaldes de municipios afectados. 5k401f
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La jueza de la dana ha acordado la citación en calidad de testigo del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, y otras doce personas.
Se trata del director y el subdirector general de Emergencias, Alberto Martín Moratilla y Jorge Suárez respectivamente; el que fuera jefe del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia José Miguel Basset; y tres alcaldes: las de Paiporta y Catarroja (Maribel Albalat y Lorena Silvent) y el de Sedaví (José Francisco Cabanes).
También el director de la empresa pública SGISE, Raúl Quílez; la directora general de Prevención de Incendios Forestales, Rosa Tourís; la comisaria de Aguas de la CHJ, Cristina Sola; la Comisaria Jefa de la Unidad Adscrita de la Policía Autonómica que estuvo en el Cecopi; la Jefa del servicio de coordinación de 112, Inmaculada Piles, y una técnica de Comunicación.
La juez deniega citar a algunos de esos cargos públicos como imputados, como es el caso de Polo, Suárez y Basset. Se trataba de una petición de la defensa del exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso.
Especialmente relevante se convierte ahora la declaración de ellos tres, que tendrán que responder a las preguntas de todas las partes y están obligados a decir la verdad.
Desde el punto de vista técnico, las respuestas de Jorge Suárez pueden resolver muchas de las dudas que han ido surgiendo en anteriores interrogatorios, donde cargos políticos como Argüeso y la exconsellera Salomé Pradas han apuntado a la falta de asesoramiento que recibieron en el Cecopi la tarde de la dana.
Polo romperá su silencio 4t1y2d
En cuanto a Polo, deberá romper su silencio de todos estos meses y tendrá que explicar la información ofrecida por la CHJ y el motivo por el que los avisos de la brutal subida del caudal del Poyo, que ocasionó la mayor parte de las muertes, figuró en un correo enviado a las 18.43 sin que hubiera una advertencia acorde a la gravedad de lo que estaba ocurriendo (por ejemplo, con una llamada o un aviso de palabra).
Respecto a él, la magistrada cree que "no concurren indicios de delito que justifiquen la atribución de la condición de investigado" como pedían Argüeso y otras acusaciones (entre ellas alguna asociación de víctimas).
"No se puede alegar un desconocimiento de los responsables de emergencias de la Generalitat Valenciana del SAIH, ni de la posibilidad de al mismo, ni de forma paralela atribuir responsabilidad penal al presidente de la Confederación Hidrográfica, ni a prácticamente todos los cargos, directivos o no, de dicho organismo", destaca.
"Más allá de la remisión de correos electrónicos entre las 16:13 horas y las 18:43 horas que informaban sobre el caudal, ha de atenderse a la información que se proporcionaba por el SAIH", argumenta la jueza.
"No es isible en modo alguno que se desconozca por el secretario autonómico el SAIH ni la forma de a los datos. En el caso de que fuera así, dicha ignorancia sería parte de la negligencia que se le ha de atribuir en la gestión de una emergencia", prosigue.
En este sentido, sostiene que ha de tenerse en cuenta "el tipo de emergencia ante la que se encontraba la provincia de Valencia, un gravísimo riesgo de inundación". "Si el propio investigado remite un mensaje a las 14:44 horas, vía whatsapp, a un chat en el que se dice: 'los barrancos están a punto de colapsar'. Lo que supone un conocimiento claro de que podían producirse desbordamientos, no sólo por la zona de Carlet, sino respecto del barranco del Poyo", valora.
"Se olvida de manera reiterada que debe existir una conexión entre los fallecimientos, la posición de garante y la inactividad de quien ocupaba dicha posición", insiste.
La juez rechaza asimismo la declaración como testigo de Alvise Pérez, líder de Se Acabó La Fiesta (SALF) y que había sido pedida por Argüeso, porque considera que no tiene ningún interés para la invectigación.
Compromís e Intersindical 5v4h1f
En otros dos autos, la magistrada ha aceptado la personación como acusación popular de Compromís e Intersindical, respectivamente, previo pago de sendas fianzas de 6.000 euros.
La misma cuantía impone en un cuarto auto a un particular para permitirle que ejerza la acusación popular, tras itir su querella exclusivamente respecto de los dos investigados actualmente en la causa e initirla en relación al presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, dada su condición de aforado.
En un quinto auto desestima un recurso de reforma contra la decisión de la juez de denegar la obtención indiscriminada de los audios de las llamadas de auxilio al 112 por su afectación al secreto de las comunicaciones.
En el sexto deniega la solicitud de investigación realizada por la defensa de la exconsellera sobre filtraciones a los medios del acta notarial que aportó en el juzgado y que incluía un listado de llamadas de su teléfono móvil.
En relación a esta petición, la magistrada señala que "choca con una cuestión de orden práctico y otra, de mucho mayor calado, de orden jurídico". Al respecto apunta que el número de partes en el procedimiento, entre acusaciones particulares, populares e investigados, "es altísimo y convierte en materialmente imposible que se averigüe por dicha vía el origen de la filtración".
Además, recalca que el procedimiento "posee un alto interés público". En cuanto a la cuestión de orden jurídico, que impide igualmente la averiguación de donde provienen las filtraciones, recuerda el secreto profesional que asiste a los periodistas.