
Imagen de una reunión del Cecopi tras la dana. Jorge Gil / Europa Press 5d6i4r
La Generalitat responde a la jueza de la dana: el Gobierno central y los alcaldes también se encargan de la protección civil 83o6o
Un informe firmado por el técnico Jorge Suárez detalla que antes de que comenzara la reunión del Cecopi no había constancia de desbordamiento alguno en cuencas. 3t47
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La Generalitat ha respondido al juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, encargado de la causa sobre la gestión de la dana, ante la petición de que remitiera la actualización del Plan Especial de Inundaciones.
El informe, al que ha tenido EL ESPAÑOL, está firmado por el subdirector de Emergencias, Jorge Suárez. Un alto funcionario y cargo de perfil técnico cuyo papel en el Cecopi durante la tarde de la tragedia del 29 de octubre fue relevante, ya que según varios de los presentes fue quien sugirió la posibilidad de usar el sistema Es-Alert.
El documento enviado al juzgado trata de explicar las competencias que tiene cada istración pública en materia de protección civil. Una manera de rebatir que únicamente la Generalitat era la responsable de ellas.
Así, detalla que no sólo la istración autonómica era la encargada de proteger a la población, sino también el Estado y los ayuntamientos en sus respectivos ámbitos por la capacidad que tienen de tomar decisiones.
"Todas las istraciones trabajan (tienen competencias) en materia de protección civil, pero cada una de ellas en una esfera de responsabilidades diferente", afirma el documento.
Algo que ya vino establecido en una sentencia del Tribunal Constitucional del año 1991 en la que se concluía que el sistema de protección civil en el estado Español es de competencias concurrentes, donde son competentes las tres istraciones (la estatal, la autonómica y la local).
En lo relativo al Gobierno central, el informe explica que existe un Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones, pero que "no se dispone de información" sobre su activación el día de la dana.
Ese plan tiene la finalidad de permitir "la toma anticipada de las decisiones necesarias a las autoridades del Sistema Nacional de Protección Civil" para minimizar los daños producidos por inundaciones".
No hay protocolo de la CHJ 2n226a
Para ello se cuenta con los sistemas de información hidrológica de las istraciones hidráulicas y los sistemas de predicción meteorológica de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet).
La información proporcionada en esos sistemas -en los que ha de realizarse un seguimiento de lo que ocurre- tiene que ser, dice el plan, "lo más completa y fidedigna posible, obtenida en tiempo cuasi-real, y de rápida difusión, con objeto de servir de base a las autoridades del Sistema Nacional de Protección Civil para la pronta activación de los planes de emergencia necesarios".
En el tema concreto de la Alerta Hidrológica, el plan señala que las Confederaciones Hidrográficas en las cuencas intercomunitarias (es decir, en el caso de la dana la Confederación Hidrográfica del Júcar) "deberán facilitar la información relativa al estado de las redes fluviales y las previsiones sobre éstas, en particular las situaciones previsibles de desbordamiento de cauces".
Sin embargo, destaca el informe de Emergencias, "en la actualidad no se dispone del Protocolo de Alerta Hidrológica elaborado por la CHJ".
El Plan Estatal de Protección Civil contempla asimismo la figura del Comité Estatal de Coordinación (CECO) para el seguimiento de las situaciones de emergencia por inundación.
Todo ello a través de la información facilitada por los sistemas de alerta meteorológica e hidrológica, el asesoramiento técnico de la Aemet y el correspondiente Comité Permanente del Organismo de cuenca que corresponda (la CHJ en este caso). Pero el citado plan no se activó.
Competencias de alcaldes 6l494b
El informe de la Generalitat no sólo hace hincapié en el Estado, sino en los ayuntamientos, que tienen capacidad de realizar actuaciones cuando se declara la situación de emergencia.
Así, destaca el documento que los únicos consistorios que convocaron el Cecopal (el centro que coordina emergencias) fueron Valencia y Algemesí.
Además, recuerda que los alcaldes son los encargados de efectuar una vigilancia de la evolución del nivel del agua en los cauces de su término municipal; tener información sobre la situación meteorológica; realizar un intercambio de información con los municipios aguas arriba y abajo; o tomar decisiones como las evacuaciones de la población.
Información de la CHJ 3t2u3m
El informe de la Generalitat también recoge una cronología sobre la información de la que dispuso el día de la dana. Así, señala que a las 16.45 horas supieron que "las precipitaciones están produciendo inundaciones in situ, no por desbordamiento". "De momento no hay información de que la hidrología esté dando problemas", comentan.
"A las 11.30 se consulta con CHJ, nos informa que va a emitir alerta amarilla en la cuenca del río Magro. En estos momentos el río lleva un caudal de 350m3/sg, las precipitaciones a estas horas han perdido fuerza. El Júcar va a itir todo este caudal sin que esto ocasione ningún un problema aguas abajo.
A las 16:00 se consulta con la CHJ, nos informa que el rio lleva un caudal de 409m3/sg en el aforo Huerto Mulet (Algemesí)", relata el informe remitido al juzgado.
Es decir, que no tuvieron ninguna alerta hidrológica antes de que el Cecopi se convocara a las 17.00 horas. Como ya es sabido, la CHJ avisó a las 18.43 por correo electrónico sobre la subida del caudal del Poyo.
A ello se le sumó una comunicación directa en el Cecopi sobre el riesgo de colapso de la presa de Forata, que finalmente resistió, motivo por el que se envió la alerta a la población.